Artículo 47: DECOMISO DEFINITIVO DE PRODUCTOS, ELEMENTOS, MEDIOS O IMPLEMENTOS UTILIZADOS PARA COMETER LA INFRACCIÓN
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
**¿Qué debes hacer?** Si tu empresa utiliza productos o herramientas que dañan el medio ambiente, debes dejar de usarlos inmediatamente. Si las autoridades los decomisan, no podrás recuperarlos y se quedarán con ellos para otros usos. **¿Por qué es clave?** Cumplir con esta norma ayuda a proteger el medio ambiente y evita que tu empresa reciba multas o sanciones. Además, contribuyes a un entorno más saludable para todos.
⚖️ Texto Legal Oficial
Consiste en la aprehensión material y definitiva de los productos, elementos, medios e implementos utilizados para infringir las normas ambientales. Jurisprudencia Concordante - Consejo de Estado, Sección Primera, Expediente No. 41001-23-33-000-2014-00283-01 de 27 de marzo de 2025, C.P. Dr. Hernando Sánchez Sánchez. Una vez decretado el decomiso definitivo, la autoridad ambiental podrá disponer de los bienes para el uso de la entidad o entregarlos a entidades públicas para facilitar el cumplimiento de sus funciones, a través de Convenios Interinstitucionales que permitan verificar la utilización correcta. Jurisprudencia Vigencia Corte Constitucional - Artículo declarado EXEQUIBLE, por los cargos analizados, por la Corte Constitucionalmediante Sentencia C-364-12 de 16 de mayo de 2012, Magistrado Ponente Dr. Luis Ernesto Vargas Silva. - Artículo declarado EXEQUIBLE por los cargos analizados por la Corte Constitucionalmediante Sentencia C-703-10 de 6 de septiembre de 2010, Magistrado Ponente Dr. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo.
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