Ley 1333 de 2009

Artículo 49: SERVICIO COMUNITARIO Y CURSOS OBLIGATORIOS AMBIENTALES

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** Si cometes una falta ambiental, puedes hacer servicio comunitario en proyectos relacionados con el medio ambiente o asistir a cursos obligatorios de educación ambiental. Esto puede ser una alternativa a pagar una multa, especialmente si no tienes suficiente dinero. **¿Por qué es clave?** Cumplir con estas acciones te ayuda a aprender sobre la importancia de cuidar el medio ambiente y a reparar el daño causado. Además, evita que tengas que pagar multas y mejora la relación con la comunidad y las autoridades.

⚖️ Texto Legal Oficial


<Artículo modificado por el artículo 21 de la Ley 2387 de 2024. El nuevo texto es el siguiente:> Con el objeto de incidir en el interés del infractor por la preservación del medio ambiente, los recursos naturales y el paisaje, la autoridad ambiental podrá imponer la sanción de servicio comunitario en materias ambientales en alguno de los programas, proyectos y/o actividades que la autoridad ambiental tenga directamente, o en convenio con otras autoridades, o permitir por una sola vez la asistencia a cursos obligatorios de educación ambiental. Estas medidas podrán reemplazar las multas solo cuando la capacidad socioeconómica del infractor sea insuficiente, y podrán ser complementarias en todos los casos. PARÁGRAFO. El Gobierno nacional reglamentará la materia en un término no superior a seis (6) meses a partir de la expedición de la presente ley. Notas de Vigencia - Artículo modificado por el artículo 21 de la Ley 2387 de 25 de julio de 2024, 'por medio delcual se modifica el Procedimiento Sancionatorio Ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los Infractores y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 52.828 de 25 de julio de 2024. Rige a partir de su promulgación. Jurisprudencia Vigencia Corte Constitucional - Artículo original declarado EXEQUIBLE por los cargos analizados por la Corte Constitucionalmediante Sentencia C-703-10 de 6 de septiembre de 2010, Magistrado Ponente Dr. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. Legislación Anterior Texto original de la Ley 1333 de 2009:

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