Resolucion 0909 de 2008

Artículo 49: Sin Título

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** Las empresas que tienen incineradores o hornos cementeros deben instalar sistemas que midan continuamente los contaminantes que emiten. Estos sistemas deben registrar datos cada hora sobre los residuos peligrosos que están quemando. **¿Por qué es clave?** Cumplir con esta norma ayuda a mantener el aire más limpio y a proteger la salud de las personas y el medio ambiente. Además, evita sanciones y multas por no seguir las reglas ambientales.

⚖️ Texto Legal Oficial


Artículo 49. Monitoreo continuo en instalaciones de incineración y hornos cementeros que realicen coprocesamiento de residuos y/o desechos peligrosos. Las instalaciones de incineración y los hornos cementeros que realicen coprocesamiento de residuos y/o desechos peligrosos deben contar con sistemas de monitoreo continuo para la obtención de los datos horarios de los contaminantes establecidos en la Tabla 29 y Tabla 30, respectivamente.

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