Resolucion 0909 de 2008

Artículo 63: TIEMPO DE RETENCIÓN

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** La empresa debe asegurarse de que en la cámara de post-combustión de los hornos crematorios, el tiempo de retención del humo sea mayor a dos segundos. Esto significa que el humo debe permanecer allí al menos ese tiempo antes de salir. **¿Por qué es clave?** Cumplir con este tiempo ayuda a que se quemen mejor los gases y se reduzcan los contaminantes en el aire. Así, se protege el medio ambiente y se evitan posibles multas por no seguir la norma.

⚖️ Texto Legal Oficial


El tiempo de retención en la cámara de post-combustión de los hornos crematorios debe ser superior a dos (2) segundos.

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